María Alejandra Díaz Marín

@MariaEsPueblo

Imprescindibles, los espacios acuáticos. No solo por su cualidad como fuente de vida y alimentación, también como vías de comunicación, su rol vinculante entre los pueblos, y por las riquezas y recursos que contienen, posibilitaron el comercio internacional.

“El mar es el comienzo de toda geografía”, escribió Jules Michelet. Nosotros agregamos que el mar es el comienzo de toda geopolítica, la conciencia geográfica del Estado. 

Nuestra condición potencial talasocrática y estrecha vinculación con el mar Caribe y océano Atlántico, así como la relevancia de nuestra fachada atlántica, hace de nosotros un territorio codiciado: Todos nuestros ríos navegables y afluentes del Orinoco tributan y tienen salida al océano.

Guyana, como marioneta del viejo Imperio Británico (Pérfida Albión) y la corporatocracia anglosionista mundial, busca despojarnos y saquearnos, castrando nuestra posibilidad de desarrollo real del poder acuático venezolano y de paso cobrarnos una especie de deuda (vacuna) pendiente con su antiguo enemigo, el Imperio Español.

A este respecto relata el historiador Julian T. Jackson la mención de Winston Churchill, ex primer ministro británico, hizo al general francés Charles de Gaulle en 1944: «Debes saber que si tenemos que elegir entre Europa y los mares abiertos, siempre elegiremos los mares abiertos». 

Nuestra Guayana Esequiba es valiosa como territorio rico en recursos naturales y minerales. Pero ese es el aspecto táctico y no el estratégico; lo estratégico es el control comunicacional comercial marítimo, he allí el verdadero interés de Guyana y su amo UK para querer despojarnos de lo nuestro: Tomar el continente (desde Punta Barima hasta la Patagonia argentina) a través de la aplicación de torniquetes marítimos y fluviales (Brexit mediante) y junto a la promesa de la Ruta de la Seda, como versión terrestre amigable de los chinos (que no dudamos en señalar como un distractor bueno).

El Esequibo es vital y es la vacuna que nos hacen pagar para consolidar el plan de avance de UK: Control del mar Caribe y la navegación de los ríos, en su geoestrategia talasocrática y de ambición corporativista anglosionista del continente americano, ya lo decía Churchill. 

Como lo avizora Helen Thompson en el Chatham House: «Se avecinan complicaciones para todos a marcha forzada, en lo que es un reajuste global de privilegios y desigualdades entre naciones y en los espacios supra y subnacionales (…) por ello UK debe repensarse geopolíticamente desde sus valores y principios». 

Así lo respalda el canciller Raab, cuando se refiere al Brexit y a la visión del Global Britain: Uno de los grandes beneficios de salirse de esta «jaula», según la visión gubernamental, es que el país contará con la libertad de negociar acuerdos comerciales con todo el mundo. Queremos ser buenos vecinos europeos y bucaneros del libre comercio mundial. 

Los bucaneros del libre comercio global, valiéndose de factores (poder financiero, comercial y marítimo),  además de estrategias, doctrinas y teorías geopolíticas como las del espacio vital (Ratzel), geometría de la ocupación (Weizman), acumulación por desposesión (Harvey), geometría del imperio (Arrighi) buscan paliar la crisis de sobreacumulación del capital global. 

Tal y como hicieran Inglaterra e Israel ayer con Palestina con los asentamientos coloniales que provocaron el masivo desplazamiento de su población y el despojo permanente del territorio (Nakba o catástrofe), hoy con Venezuela, buscan acorralarnos, pretendiendo sea el Esequibo venezolano enclave neocolonial; ayer con la ONU de la mano, hoy a través de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), brazo jurídico de aquella.

Con los Tratados de Westfalia o el de Utrecht del 11 abril de 1713, la lucha intraimperial como consecuencia de la guerra de secesión por la Corona española se definió en favor de Inglaterra y Holanda, con el reparto y posterior despojo de territorios al imperio español, permitiéndoles el tráfico de esclavos negros en territorio de las Indias españolas y rutas comerciales. 

En este contexto el caso de Guyana ante la CIJ representa una expresión del «soft law»: Doctrinas, tratados, sentencias y pactos que se suponen supranacionales. Actualmente la maniobra trata de aplicarse a través de una sentencia viciada que trata de imponérsenos a un país soberano simulando justicia, pero actuando claramente para favorecer el plan global liderado por UK y su súbdito Guyana, en la tarea de dividir el territorio venezolano y tomar el Orinoco y con ello el continente. 

Conocer su accionar e identificar sus estrategias de falsificaciones históricas, mentiras, omisiones, manipulaciones de hechos y documentos históricos, es indispensable. Mentiras como aquellas alegadas durante el Arbitraje de 1899, alegadas por el Imperio Británico, respecto a los asentamientos que desde 1596 hasta 1723 existieron en la zona del Esequibo, deben ser expuestas. Mintieron descaradamente cuando aseguraron que el único asentamiento español que estaba en la provincia fue Santo Thomé de Guayana en la orilla sur del río Orinoco, y entre 1723 y 1796, y que los únicos puntos adicionales ocupados fueron las estaciones de las misiones capuchinas al sur del Orinoco.

Recientes estudios historiográficos como el de Karina Extraño, Pueblos Mestizos y «de españoles» al sur de Orinoco los desmienten: La participación de los zambos, mulatos, cimarrones y otros pueblos de color en el poblamiento y control territorial de la Guayana española. Segunda mitad del siglo XVIII. Ver más en:  https://www.redalyc.org/jatsRepo/712/71256133008/html/index.html.

Otro hecho que desnuda esta mentira, es la presencia de misiones (franciscanas, catalanas, jesuitas) que fueron un instrumento esencial para gobernar y desarrollar efectivamente el territorio al sur del Orinoco con el apoyo de las milicias españolas. A lo largo del siglo XVIII estimularon la fundación de decenas y decenas de pueblos donde también indígenas de muy diversas tribus y también esclavos escapados de la colonia holandesa serían aceptados como ciudadanos libres de las nuevas comunidades españolas, así lo prevé la Constitución española de 1812 (llamada la Pepa); señala: Art. 1: «La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios»; finalmente se aceptaron y promovieron los matrimonios mixtos: Todos eran ciudadanos españoles, base misma de nuestro mestizaje y la razón por la que en Venezuela la mayoría de los apellidos son de origen español (mientras que en Guayana los apellidos más comunes de la actualidad derivan de nombres de pila: Guillermo, Tomás, etc.)

Siguiendo el guión para concretar el despojo, en connubio con EEUU y el juez ruso, Gran Bretaña arguyó que en 1616 los holandeses establecieron asentamientos en el territorio entre el Corentyne y el Orinoco, y que desde entonces hasta que la Guayana Británica fue adquirida por Gran Bretaña extendieron continuamente sus asentamientos en diversas partes del territorio, cuando lo cierto es que España fue el primer país en descubrir y ocupar el territorio de Guayana (Animus Domini), y hasta la independencia de Venezuela permaneció bajo su exclusiva soberanía y control efectivo (Animus Corpus).

En el momento del Tratado de Munster, España se limitó a reconocer los derechos holandeses sobre los puertos que poseía en ese momento y, al reconocer la independencia de Venezuela, España renunció formalmente a su favor a toda la soberanía, los derechos y las reclamaciones que antes pertenecían a España, incluida la región en disputa (Uti possidetis iuris).

Cuando Gran Bretaña adquirió los territorios de la Guayana en 1814, la frontera de la Colonia era el río Esequibo, tal y como se muestra en varios mapas impresos en Inglaterra, y la línea del Esequibo era la línea original de Schomburgk de 1835, tal y como se muestra en el mapa que dibujó antes de parcializarse a los intereses de sus amos británicos.

No es cierto que los holandeses extendieran sus asentamientos al norte del Esequibo, aparte de una invasión parcial muy limitada y delimitada por el río Pomeroon, certificada por los cartógrafos británicos en 1838 o antes (Cfr. Hadfield 1839). Punta Barima fue destruida y no existía ya a finales del siglo XVIII. En 1841 los intentos de Schomburgk de colocar hitos británicos como pretexto de ocupación y posesión, fueron repelidos y detenidos inmediatamente por la autoridad venezolana (Animus Corpus).

Primero España, luego Venezuela, ocuparon efectivamente el territorio en disputa, esta zona nunca fue una «terra nullius», basta con revisar en los mapas y ciudades de la zona del Esequibo los nombres españoles de ríos, montañas y pueblos. Otro detalle importante para nuestro conocimiento, en la literatura española del XVIII existe gran cantidad de información sobre todas las numerosas tribus que vivían en la Guayana, desplazados por los británicos para «sembrar colonos» que después del írrito laudo de 1899 aparecieron como habitantes de la zona despojada a Venezuela.

Este poder blando cuya expresión más clara de soft Law fue el laudo de 1899, donde ninguno de los cuatro (4) volúmenes que presentara la defensa hecha en nombre de Venezuela -pues no pudimos participar con nuestra propia voz por imposición del Imperio Británico- ante el Tribunal de Arbitraje fue revisado, analizado y ponderado, de haberse hecho con estos datos incontrovertibles jamás en derecho y justicia hubiesen podido dictar semejante adefesio, por ello no pudieron motivarlo, era imposible motivarlo.

No es sino hasta 1949 cuando las sospechas y acusaciones venezolanas se develan: Una confesión certificada de Severo Mallet-Prevost (abogado norteamericano que representó a Venezuela en el Tribunal de Arbitraje) con exhaustivos detalles, dan cuenta de la componenda política, la corrupción, el abuso de poder, coacción y manejos ilegales bajo los cuales se dicta el fallo que nos despoja.

Nuestra lucha daba resultados y en 1966 se logra el Acuerdo de Ginebra como una vía de solución a la controversia limítrofe dejando clara la posición de Venezuela: “El laudo de 1899 es nulo e írrito”. Guyana interpreta este acuerdo a su conveniencia, apela al secretario general de la OEA y alega que la nulidad del laudo no se ha decidido en una sentencia de algún tribunal válido y por lo tanto apunta a la yugular solicitando se revise la nulidad por Venezuela alegada desde 1899. 

Guyana, fingiendo demencia respecto al acuerdo de 1966 solicitó a la CIJ no delimitar tal y como lo establece el acuerdo, sino validar el laudo nulo e írrito. La CIJ tocó esos argumentos y decidió: Reconoció el papel asignado al secretario general de la ONU en el acuerdo de 1966, pues define la vía que debería seguirse y por tanto su decisión de enviarlo a la CIJ es considerada por esta como válida.

Concluye la CIJ que esa decisión del secretario general de la ONU no atribuye jurisdicción claramente, sino que es la manera según la cual los Estados partes aceptaron la jurisdicción de la CIJ, ello cuando aceptaron ser parte del acuerdo de 1966: Pacta sunt servanda, pues al aceptar llevar un día la decisión a un órgano judicial (una de las opciones de Art. 33 de la Carta) manifestaron su consentimiento con la misma, obviando el consentimiento mutuo que debía privar a esta decisión.

No podemos ser ingenuos y pensar que sentarnos hoy con Guyana a hablar de nuevos linderos es una opción; siendo realistas creemos que esto no va a ocurrir, sobre todo porque nuestro territorio está en juego ante una instancia jurisdiccional (válida o no, según sea el criterio) y ante una posible decisión sobre la validez del laudo. Nadie que lleva ventaja en un contencioso a causa de la indefensión planificada de la otra parte lo abandona para pactar pacíficamente linderos, eso es autoengañarnos.

Insistimos, en este caso en particular, la vía del rechazo de la competencia y jurisdicción de la CIJ no llegará a nada bueno: Se va a perder para siempre la oportunidad de cuestionar la validez del laudo y demostrar además que el Acuerdo 1966 dejó abierta una disputa territorial de los tiempos de Bolívar. La lucha por el Esequibo está en cumplir con lo que fue la visión del Libertador Simón Bolívar.

La CIJ ha dicho en sentencia del 18 de diciembre de 2020 que no le importa lo ocurrido después de 1966, mencionar esto es esencial. Mientras Guyana presentó tres (3) volúmenes de documentación sobre el periodo 1966-2018, esos hechos a la CIJ parecen no interesarle. Eso no tiene valor, no hay jurisdicción sobre eso; lo que importa es demostrar que el laudo es nulo, y después de esto, como la Corte ha dicho expresamente, se van a determinar los nuevos linderos de Venezuela y allí tenemos mucho que decir y probar, nos asiste la razón histórica, política y jurídica sobre el Esequibo como parte de nuestro territorio. 

Guyana-UK se muestra como el débil jurídico y alega posesión del territorio desde 1966, posesión que no ha sido ni ininterrumpida ni mucho menos pacífica: El Acuerdo de Ginebra del ’66 deja abierta la delimitación de fronteras con Venezuela y su supuesta posesión es producto de un robo y un fraude con el cual nos despojaron de ese territorio en 1899. 

El territorio de la República Cooperativa de Guyana es el que correspondía tal y como lo heredara del Reino Unido, que equivale a 55.427 kilómetros cuadrados y llegaba hasta el este del río Esequibo, eso es lo real. Tenemos suficientes datos, mapas y elementos para probarlo y esto debe hacerse donde sea y ante quien sea. Lo demás es la ficción geométrica de la línea de Schomburgk, trazada arbitrariamente, en una estrategia de mentiras constantes para establecer en el imaginario del mundo, algo que nunca fue.

La posible negativa asumida por ciertos juristas asesores, que ayer simplemente defendieron la instancia de la CIJ, y así lo declararon tal y como consta en la entrevista que les hicieran el 18 de julio de 2015 al diario El Nacional, pareciera una indefensión planificada que se repite, una que no podemos permitir bajo ningún concepto. En esta declaración los juristas expertos dijeron y cito: «Venezuela está preparada para ir a la CIJ en el proceso de recuperación del Esequibo… para llegar a esa instancia se deben agotar todos los pasos del Acuerdo de Ginebra», con esto se abría en 2015, la puerta a la interpretación que Guyana y la propia Corte asumieran en su sentencia del 18 de diciembre de 2020; craso error.

Debemos exigir nuestros derechos dónde y cuándo sea, so peligro de convertirnos como la India lo fuera, en la «retaguardia estratégica» (Arrighi) del imperio británico, permitiendo que esa ocupación territorial del Esequibo vía soft law, se convierta en «el aspecto siniestro y destructivo de las soluciones espacios temporales al problema de la sobreacumulación» (Harvey/Arrighi).

El mayor disuasivo que puede tener un país es un pueblo consciente y determinado a defender su territorio, sus valores y su soberanía, no es la desinformación sobre el caso Esequibo, una opción. Nuestro mayor disuasivo estratégico es que el pueblo comprenda que su tradición emancipadora y el suelo que lo soporta rico en recursos: Petróleo, agua, clima, oro, y demás recursos invaluables, en esta situación de crisis de sobreacumulación capitalista, nos da una ventaja comparativa y competitiva. 

Con Delgado Chalbaud decimos: La soberanía es algo que no entiende todo el mundo, no se quita, ni se da, es una idea abstracta, sublime e inmanente, en un principio inmaterial y de origen divino, y al tratarse de su existencia y aplicación, es necesario comprender que no reside ni en el suelo, ni en el aire, ni en el cielo de tal o cual región, sino en el alma de los hombres y en la esencia de los pueblos, es un fuego que no se sabe de dónde arde pero cuyo calor se siente, es la conjugación en lo más íntimo y recóndito de la Patria, la noción exacta de la dignidad y el sentimiento sagrado de la libertad bien entendida.

¡No a la indefensión planificada de los súbditos ideológicos y jurídicos! No participar suponiendo estamos perdidos, es claudicar; el Esequibo y Venezuela no serán carne de oficio de pactos geopolíticos de terceros y su geopolítica sumergida.

 ¡Nos toca luchar!

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