Esta semana inicia inscripciones de aspirantes a Fiscal, Contralor y Defensor del pueblo

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Está previsto que sea el miércoles anunció el vicepresidente del Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, José Gregorio Correa. Foto Internet

VEA / Yuleidys Hernández Toledo

Está previsto que el miércoles 16 de octubre inicie el proceso de inscripciones de quienes aspiran a ocupar el cargo de Fiscal General de la República, Contralor y Defensor del Pueblo. Así lo dio a conocer el vicepresidente del Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, designado por la Asamblea Nacional, José Gregorio Correa.

“Mañana anunciaremos el proceso de inscripción y cómo va a formularse, vamos a funcionar en el Museo Boliviano va a ser a partir de mañana y el miércoles se estarán inscribiendo durante cinco días en el Museo Bolivariano» los aspirantes, expresó en entrevista que transmitió este lunes 14 de octubre Unión Radio.

Explicó que lo primero es revisar los recaudos de cada candidata o candidato y se envían los expedientes a los diferentes organismos del Estado, como el Seniat e Interpol, y luego ese informe arroja un precalificado que será declarado apto para aspirar a la candidatura. “Todos serán electos por 7 años”.

Reiteró que la comisión designada y juramentada el 10 de octubre está integrado por 13 diputados y diputadas. La instancia la preside Giuseppe Alessandrello; mientras que él, José Gregorio Correa, funge como vicepresidente. Destacó que es una comisión técnica.

Agregó que la decisión política la tiene la Asamblea Nacional. “La toma el cuerpo integrado por 277 diputados, 257, es decir 93 % del oficialismo y 7 % de la oposición”.

Reafirmó que el grupo debe presentarle al país en un lapso de 30 días, los aspirantes a ejercer los cargos de Contralor General de la República, Fiscal General de la República y Defensor del Pueblo. 

Requisitos para ser elegido Fiscal, Contralor y Defensor

De acuerdo con el artículo 284 de la Constitución General de la República para «ser Fiscal General de la República se requieren las mismas condiciones de elegibilidad de los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia. El Fiscal o la Fiscal General de la República será designado o designada para un período de siete años».

En ese contexto el artículo 263 de la Carta Magna, reza:  «Para ser magistrado o magistrada del Tribunal Supremo de Justicia se requiere: 1. Tener la nacionalidad venezolana por nacimiento, y no poseer otra nacionalidad. 2. Ser ciudadano o ciudadana de reconocida honorabilidad. 3. Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación, haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener título universitario de postrado en materia jurídica; o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en ciencia jurídica durante un mínimo de quince años y tener la categoría de profesor o profesora titular; o ser o haber sido juez o jueza superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual se postula, con un mínimo de quince años en el ejercicio de la carrera judicial, y reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones. 4. Cualesquiera otros requisitos establecidos por la ley».

Por su parte la primera ley del país, indica en el artículo 288, que «la Contraloría General de la República estará bajo la dirección y responsabilidad del Contralor o Contralora General de la República, quien debe ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años y con probada aptitud y experiencia para el ejercicio del cargo. El Contralor o Contralora General de la República será designado o designada para un período de siete años».

Sobre el Defensor precisa la Carta Magna en el artículo 280: «La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en esta Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas. La Defensoría del Pueblo actuará bajo la dirección y responsabilidad del Defensor o Defensora del Pueblo, quien será designado o designada por un único período de siete años. Para ser Defensor o Defensora del Pueblo se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta años, con manifiesta y demostrada competencia en materia de derechos humanos y cumplir con las exigencias de honorabilidad, ética y moral que establezca la ley. Las faltas absolutas o temporales del Defensor o Defensora del Pueblo serán cubiertas de acuerdo con lo dispuesto en la ley».

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