FANB inicia entrega de material electoral al estado Amazonas

VEA / Carlos A. Batatin

Con la finalidad de contribuir con el Poder Electoral en garantizar los derechos políticos de los venezolanos y las venezolanas, la FANB, en apoyo al Consejo Nacional Electoral en seguridad y acompañamiento  del personal, inició el traslado del material y equipos comiciales hacia los sitios inhóspitos del estado Amazonas.

De acuerdo con los detalles publicados en su cuenta digital @dhernandezlarez, las misiones principales a cumplir por la FANB durante el Plan República, serán traslado, seguridad, custodia, resguardo y orden público.

En tal sentido, Hernández Lárez detalla en su dirección electrónica, el artículo 109 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, mediante el cual se describen que las funciones de los integrantes de la Mesa Electoral son las siguientes:

1. Examinar sus credenciales.

2. Revisar las credenciales de las o los testigos electorales presentes en los actos de instalación, constitución, votación y escrutinio.

3. Asistir en los días y horas fijados por el Consejo Nacional Electoral, para celebrar los actos de instalación y constitución, votación y escrutinio de la Mesa Electoral.

4. Firmar las Actas de Instalación y Recepción de Material Electoral, de Constitución y Votación, de Inicialización en Cero, de Escrutinio.

5. Explicar a las electoras y electores el procedimiento de votación.

6. Permitir la presencia de las o los testigos electorales en los actos de instalación, constitución, votación y escrutinio.

7. Entregar al Plan República el material electoral para su traslado, resguardo y custodia.

8. Distribuir en los correspondientes sobres, las actas electorales, el cuaderno de votación, la memoria removible y demás instrumentos electorales.

9. Velar por el mantenimiento del orden público durante el proceso electoral y solicitar la colaboración del Plan República cuando sea necesario.

En otro mensaje, el responsable del Comando Estratégico Operacional de la FANB publicó el artículo 293 de ese mismo reglamento, el cual indica que «La jornada electoral se llevará a cabo sin alteración del orden público. Los integrantes de la Mesa Electoral velarán por el cumplimiento de la presente disposición, y solicitarán la colaboración de los efectivos militares del Plan República ante cualquier amenaza que ponga en peligro la celebración del acto. Ningún efectivo del Plan República podrá intervenir en el desarrollo de las actividades inherentes al proceso electoral, salvo las actuaciones que le están señaladas en la Ley».

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