¿Golpe a la ley? Derecha insiste en postular a inhabilitados

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«La inhabilitación limita o inhabilita, durante la vigencia de la sanción, la aptitud para el manejo de la cosa pública», establece la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Foto Internet

VEA / Yuleidys Hernández Toledo

La derecha nacional insiste en postular a sus elecciones primarias a inhabilitados para ejercer cargos públicos. Es el caso del postulado por Voluntad Popular, el golpista Juan Guaidó y, el abanderado de Primero Justicia, Henrique Capriles.

Aunado a estas postulaciones el propio presidente de la Comisión Nacional de Primaria (CNP), Jesús María Casal, aseguró que las inhabilitaciones dictadas por la Contraloría de la República a algunos opositores no representan una restricción o barrera para su participación en las elecciones primarias.

El miércoles 8 de marzo, durante la instalación de la Comisión Técnica que determinará el alcance de una eventual asistencia del Consejo Nacional Electoral (CNE) en la elección planteada por la Comisión Nacional de Primaria (CNP), al ser consultado sobre las candidaturas de dirigentes inhabilitados para ejercer cargos de elección popular, Casal indicó que estas restricciones son contrarias al derecho y, en todo caso, son medidas administrativas que impiden gobernar pero no participar en procesos políticos, refirió el portal Swissinfo.

¿Qué dice la Contraloría?

La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal consagra la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas a todo aquel funcionario o particular que haya sido declarado responsable en lo administrativo, cuando la gravedad de la irregularidad y el daño que se ha causado al patrimonio público lo amerite, explica el organismo en su página web.

«La sanción de inhabilitación para el ejercicio de cualquier función pública decretada por el contralor o contralora General de la República, en uso de la potestad otorgada por el artículo 105 de la Ley de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, surte efectos para el desempeño de la función administrativa, indistintamente de cuál sea el origen; esto es, por concurso, designación o elección popular», explica la Contraloría en otra nota en su portal

«De ese modo, la inhabilitación limita o inhabilita (durante la vigencia de la sanción) la aptitud para el manejo de la cosa pública por causa de haber incurrido el sancionado en infracciones administrativas comprobadas mediante el procedimiento de control fiscal. Como consecuencia de la inhabilitación se restringe la aptitud para ser funcionario público, como sería la restricción derivada de la mayoridad o de los extranjeros para determinados cargos públicos, debiéndose recalcar que es cualquier funcionario público, incluso los de elección popular, de modo tal que el sancionado no puede ser funcionario, y por conexión necesaria tampoco gobernante», agrega el organismo.

Capriles inhabilitado desde 2017

En abril de 2017, la Contraloría General de Venezuela inhabilitó por 15 años al exgobernador del estado Miranda, Henrique Capriles, por hechos de corrupción. El organismo concluyó que el dirigente opositor incurrió en ilícitos administrativos durante su gestión como gobernador durante los años 2011, 2012 y el primer trimestre de 2013 por haber actuado de manera negligente al no presentar el proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2013 ante el Consejo Legislativo de Miranda, refería en esa oportunidad Telesur.

Además, Capriles celebró convenios de cooperación con embajadas de Polonia y Gran Bretaña sin la autorización legal, omitiendo el procedimiento de selección de contratistas, comprometiendo el presupuesto público mediante contratación inmediata, informó en comunicado el contralor general Manuel Galindo Ballesteros, agregaba el medio en esa oportunidad.

Guaidó inhabilitado desde marzo 2019

En marzo de 2019 la Contraloría General de la República inhabilitó por 15 años a Juan Guaidó para ejercer cargos públicos por «ocultar o falsear» datos de su declaración jurada de patrimonio, y a su vez recibir dinero de instancias internacionales y nacionales sin justificar, informó en esa oportunidad el contralor General de la República, Elvis Amoroso. La decisión aún puede ser leída en el portal alemán DW

Dos años después, en febrero de 2021, la Contraloría General de la República inhabilitó a 28 diputados de la Asamblea Nacional saliente, entre ellos al golpista Juan Guaidó por negarse a cumplir con la Declaración Jurada de Patrimonio (DJP), informó el titular del órgano autónomo, Elvis Amoroso, refirió en esa oportunidad Telesur.

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