TSJ ordenó remitir el caso de PDVSA Gas-Comunal a tribunal de Caracas

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Los 4 exgerentes también son imputados por la presunta comisión de los delitos de corrupción propia. FOTO:Prensa TSJ.

VEA/ Carlos Batatin

El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, a través de la  Sala de Casación Penal del), ordenó al  Circuito Judicial Penal del estado Aragua la remisión inmediata del expediente del Juzgado Séptimo Penal del estado Aragua, mediante el cual se le imputa a 4 exfuncinarios de PDVSA-Gas-Comunal  la presunta comisión de los delitos de especulación, boicot y desestabilización a la economía.

De acuerdo con una  nota de prensa de esa instancia  judicial, los implicados en tales hechos responden a los nombres de Oriana Alejandra Betancourt Corales, Yhojandry José Guevara Álvarez, Eder Alexis Dugarte, Jacob Rafael Grey Varela y Adán Felipe Contreras Freites, quienes fueron aprehendidos por la presunta comisión de los señalados delitos, socavando la seguridad social y económica de dicha entidad.

Con ponencia del presidente del Máximo Juzgado, magistrado Maikel Moreno, se dictaminó que en el Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas se conocerá la causa seguida a las mencionadas personas. Igualmente, “se les sigue la causa judicial por la presunta comisión de los delitos de  corrupción propia, tipificado y sancionado en el artículo 64 de la Ley Contra la Corrupción; y asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometidos en perjuicio del Estado venezolano”.

La decisión del Alto Juzgado del país indica que el presente caso es un hecho notorio comunicacional, que “genera un estado de conmoción en la población del estado Aragua, siendo los imputados altos exfuncionarios de la región, adscritos a Petróleos de Venezuela, PDVSA, Gas Comunal”.

En este sentido, consideró el TSJ que “el caso encuadra en los supuestos de excepcionalidad que exige la norma adjetiva penal para la procedencia de la radicación, fundamentándose en delitos graves cuya perpetración han causado alarma, sensación o escándalo público en la colectividad, capaz de afectar el normal desenvolvimiento del proceso penal, por lo que al verificarse el supuesto previsto en el numeral 1, del artículo 64, del Código Orgánico Procesal Penal, se declaró ha lugar la solicitud de radicación.

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