¡Última hora! Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamina que Venezuela puede impugnar sanciones impuestas en 2017

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El órgano señaló que el país bolivariano tiene legitimación para actuar contra el reglamento vinculado con las medidas. Foto Internet

VEA / Yuleidys Hernández Toledo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este martes 22 de junio que Venezuela puede impugnar el grupo de sanciones que impuso de manera unilateral el bloque europeo en su contra en noviembre de 2017, dado que le impiden a la patria bolivariana «procurarse numerosos bienes y servicios».

De acuerdo con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, «Venezuela tiene legitimación para ejercitar la acción contra un reglamento que introduce medidas restrictivas», destaca el organismo en su cuenta Twitter.

«El Tribunal de Justicia declara que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que las medidas restrictivas en cuestión no surtían efectos directamente en la situación jurídica de Venezuela. A este respecto, señala que dichas medidas fueron adoptadas contra Venezuela. En efecto, prohibir a los operadores de la Unión llevar a cabo determinadas operaciones equivalía a prohibir a Venezuela efectuar tales operaciones con esos operadores», reza la Sentencia denominada: Asunto C-872/19 PVenezuela/Consejo, que fue publicada este martes en la página web del tribunal judicial del bloque europeo.

En el texto admiten que las sanciones que impuso en noviembre de 2017 la UE, «impidieron a Venezuela procurarse numerosos bienes y servicios». Las medidas restrictivas de aquel año contemplaban entre otras cosas, la prohibición de viajar a la UE y la congelación de activos en territorio europeo a diversos funcionarios venezolanos al considerarlos presuntos «responsables de violaciones de los derechos humanos».

El 6 de febrero de 2018, Venezuela interpuso un recurso de anulación de las medidas unilaterales impuestas por la Unión Europea en noviembre de 2017. El país alegaba que resultaba afectada por las restricciones del bloque. Posteriormente la patria bolivariana, «adaptó su demanda para que tuviera también por objeto la Decisión 2018/1656 y el Reglamento de Ejecución 2018/1653, 2 actos mediante los que el Consejo había prorrogado las medidas restrictivas
adoptadas».

Mediante sentencia de 20 de septiembre de 2019, el Tribunal General declaró la inadmisibilidad de dicho recurso, por considerar que las disposiciones controvertidas no afectaban directamente la situación jurídica de Venezuela.

Este martes 22 de junio, el TJUE decidió que «anula la sentencia del Tribunal General en la medida en que este había
declarado la inadmisibilidad del recurso de Venezuela dirigido a la anulación de los artículos 2, 3, 6 y 7 del Reglamento 2017/2063 y devuelve el asunto al Tribunal General para que resuelva en cuanto al fondo».

La medida del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se da cinco días después que el régimen de Estados Unidos que preside Joe Biden, a través de la Oficina de Control para Activos Extranjeros, OFAC, divulgara la licencia general 39 que autoriza «ciertas actividades» con Venezuela en áreas relacionadas en la lucha contra el Covid-19. La medida deja muy claro que el bloqueo contra Petróleos de Venezuela, Pdvsa, y el país continúa.

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