VEA / Yuleidys Hernández Toledo

Un total de 21 millones 392 mil 464 electores y electoras podrán votar el domingo 28 de julio. Así quedó establecido en el corte definitivo del Registro Electoral (RE) correspondiente al 16 de abril de 2024, y que fue oficializado en la Gaceta Electoral N° 1057 de fecha 1 de junio 2024 emitida por el Consejo Nacional Electoral, CNE.

De ese total 21 millones 323 mil 253 están inscritos en el territorio nacional y 69 mil 211 están habilitados para sufragar en las representaciones diplomáticas de Venezuela en el exterior.

El Registro Electoral definitivo cerró en 21 millones 620 mil 705 electores y electoras. De esa cantidad, 228 mil 241 son extranjeros y extranjeras. Ellos quedan excluidos para la venidera elección de conformidad con el artículo 64 de la Constitución y en concordancia con el artículo 41 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

El artículo de la Carta Magna dice «Son electores o electoras todos los venezolanos y las venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política. El voto para las elecciones parroquiales, municipales y estadales se hará extensivo a los extranjeros o extranjeras que hayan cumplido dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país, con las limitaciones establecidas en esta Constitución y en la ley, y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política».

El artículo 41 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales indica: «Todos los venezolanos y las venezolanas debidamente inscritos e inscritas en el Registro Electoral podrán ejercer el derecho al sufragio siempre y cuando no estén sujetos a inhabilitación política, interdicción civil o que su cédula de identidad haya sido declarada inhabilitada, insubsistente o nula por el órgano competente en materia de identificación. Los extranjeros y las extranjeras debidamente inscritos e inscritos en el Registro Electoral, que hayan cumplido diez años o más de residencia en el país, no sujetos a interdicción civil o inhabilitación política, podrán ejercer su derecho al voto en los procesos electorales para elegir a los o las titulares de los cargos de elección popular a nivel regional o municipal».

«Para la elección al cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, a realizarse el próximo domingo 28 de julio de 2024, el Registro Electoral Definitivo al Corte del 16 de abril contiene un total de veintiún millones trecientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y cuatro (21.392.464) electoras y electores venezolanas y venezolanos, en el territorio nacional y en las Representaciones Diplomáticas del país en el exterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos
Electorales, quienes podrán ejercer su derecho al sufragio en el referido proceso, del cual se exceptúan a las extranjeras y los extranjeros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en concordancia con el artículo 41 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales», reza específicamente la Gaceta Oficial.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Este contenido está protegido !!