Bonos de empresas privadas serán tomados en cuenta en cálculo de pensiones (+Descarga proyecto)

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De la suma de ese concepto más el salario mínimo se obtendrá hasta 15% para determinar el monto a distribuir. Foto Internet

VEA / Yuleidys Hernández Toledo

Salario y bonificaciones de carácter no salarial serán tomados en cuenta en la contribución que deben hacer las empresas privadas para el sistema de pensiones. Así se desprende del artículo 7 del proyecto de Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista, que aprobó en primera discusión la Asamblea Nacional (AN), el jueves 2 de mayo.

«El monto de la contribución especial prevista en esta Ley para las personas jurídicas de carácter privado, domiciliadas o no en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, será de hasta el quince por ciento (15 %) del total de los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial» reza el artículo 7 de la iniciativa legal presentada el 2 de mayo por la vicepresidenta Ejecutiva de la República, Delcy Rodríguez, ante el Parlamento Nacional, por instrucciones del jefe de Estado, Nicolás Maduro.

Ese mismo artículo establece que: «En ningún caso la base del cálculo de los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras será menor al ingreso mínimo integral definido por el Ejecutivo nacional». Agrega además que es el jefe de Estado quien «establecerá anualmente el porcentaje correspondiente de la contribución especial, de acuerdo con el tipo o clase de actividad económica».

La norma consta de 13 artículos y dos (2) capítulos. En el primero se establecen las disposiciones generales, incluyendo las finalidades, los principios y los criterios de interpretación. En esta parte se ratifica «el carácter írrito y antijurídico de toda medida coercitiva unilateral y cualquier otra medida
restrictiva o punitiva, dictada o implementada extraterritorialmente contra la República Bolivariana de Venezuela y su población».

En el segundo capítulo, es donde se establece la creación y regula una contribución especial aplicable a las empresas privadas, que realicen actividades económicas en el país. «Con esta contribución, el Estado podrá percibir recursos financieros adicionales que permitirán incrementar el monto de las pensiones de seguridad social, notablemente afectadas por los perversos efectos de las medidas coercitivas unilaterales», dice la norma en su exposición de motivos.

El ente encargado de la recaudación, es el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), indica el artículo 9 de la norma, el cual agrega que: «La contribución especial prevista en esta Ley será declarada y pagada mensualmente».

«La declaración y pago de la contribución especial debe efectuarse en el lugar, forma y condiciones que establezca la Administración Tributaria Nacional, mediante Providencia Administrativa de carácter general», añade el mencionado artículo.

Carácter reivindicativo para los pensionados

Proteger y reivindicar a los pensionados y pensionadas es el objetivo de este proyecto legal. En su artículo 1 destaca que: «Esta Ley tiene por objeto establecer mecanismos orientados a la protección de las pensiones de seguridad social frente al impacto negativo causado por las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas adoptadas contra el país».

Explica que a los «fines de esta Ley se entiende por pensiones de seguridad social las prestaciones dinerarias de vejez, incapacidad y sobrevivencia, previstas en la ley especial que regula la seguridad social».

En el artículo 2, numeral 2, ratifican el carácter protector de la norma, cuando establece que entre su finalidad se encuentra: «Favorecer el establecimiento de un nivel de ingreso para los titulares de las pensiones de seguridad social que les permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales».

El jueves, durante su intervención en la tribuna de oradores del Palacio Federal Legislativo, Rodríguez destacó que al día de hoy, 99 % de los aportes para la seguridad social la hace el Estado venezolano”.

En su exposición de motivo, el proyecto legal destaca que antes de la llegada del Comandante Eterno Hugo Chávez al poder, en 1999, solo 350 mil personas recibían la pensión de vejez, «es decir, solo el 19,6 % de la población con edad de pensión disfrutaba de ese derecho. En cambio, en la actualidad más de 5,5 millones de personas reciben pensiones de vejez, alcanzado un 100 % de cobertura».

Intereses moratorios y sanciones

La norma establece la aplicación de intereses moratorios para quienes no cumplan con lo contemplado en el instrumento legal, así como sanciones.

«La falta de pago de la contribución especial dentro del plazo establecido, hace surgir, de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo de la Administración Tributaria, la obligación de pagar intereses moratorios, de conformidad con lo previsto en el Decreto Constituyente, mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario», indica en su artículo 12.

El artículo que sigue, por su parte reza: «El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario».

1 pensamiento sobre “Bonos de empresas privadas serán tomados en cuenta en cálculo de pensiones (+Descarga proyecto)

  1. El aumento fue para empleados públicos y los privados nos quedamos con la guayabera ya que no cobramos bono de guerra económica. Estamos totalmente excluidos también somos trabajadores

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