Así avanza Proyecto de Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo

VEA / Asamblea Nacional

El Parlamento Nacional sancionará el Proyecto de Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo el próximo jueves 21 de marzo. Así lo indicó el presidente del Poder Legislativo, diputado Jorge Rodríguez (PSUV/Dtto. Capital), durante sesión ordinaria de este martes.

Recordó que la Asamblea Nacional tiene el mandato de sancionar esta ley porque el pasado 3 de diciembre el pueblo votó cinco veces sí a la defensa de la Guayana Esequiba.

Rodríguez pidió a los asambleístas sancionar y aprobar la ley, presentarla ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para revisar su constitucionalidad, y luego entregarla al presidente de la República, Nicolás Maduro, quien la promulgará al pueblo venezolano.

Durante el debate de la segunda discusión la integrante de la Comisión Permanente de Política Interior, diputada Carolina García Carreño (PSUV/Lara), solicitó diferir con la aprobación de 25 artículos de la ley, la cual fue aprobada en primera discusión y con urgencia parlamentaria el 6 de diciembre de 2023.

Dicha norma tiene como objeto establecer un conjunto de medios y mecanismos orientados a la defensa del territorio de la Guayana Esequiba, desconociendo el írrito Laudo Arbitral de 1899, con el propósito de asegurar la soberanía e integridad territorial de la República Bolivariana de Venezuela.

Creación del estado Guayana Esequiba

El segundo capítulo aprobado aborda lo relacionado con la creación del estado Guayana Esequiba, incluyendo la regulación del ejercicio del Poder Público de esa entidad político territorial.

Fueron aprobados los artículos 9 y 10, referidos a la creación y límite territorial del estado Guayana Esequiba dentro de la organización política territorial de la República Bolivariana de Venezuela quedando de la siguiente manera, Norte: Océano Atlántico; Sur: República Federativa de Brasil; Este: La República Cooperativa de Guyana, y por el Oeste: los estados Delta Amacuro y Bolívar.

Seguidamente fue establecido el artículo 11 que señala nombrar a la gobernadora y gobernador que haya nacido en el país, mayor de 25 años de edad, por un periodo de cuatro años, por votación electoral, de acuerdo a la ley.

Igualmente el artículo 12 donde se funda el Poder Legislativo del estado Guayana Esequiba, proporcional a la representación de la población, de acuerdo a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Del artículo 13 al 16 se crea la contraloría que gozará con autonomía la incorporación al sistema administrativo del estado Guayana Esequiba, la representación parlamentaria de la Asamblea Nacional de acuerdo a la cantidad de habitantes, y los tribunales con competencia por el territorio a los fines de garantizar la protección de sus habitantes.

Aprueban creación de Alta Comisión de Guayana

En el capítulo 3 del proyecto de ley, referido a las acciones para la protección del territorio, fue agregada la creación de la Alta Comisión para la Defensa de la Guayana Esequiba con el objeto de mejorar y asesorar en cuanto a políticas públicas.

En cuanto a las atribuciones de la alta comisión debe coordinar actividades, establecer criterios de cooperación y orientación del Estado, redactar dictámenes en marco a su objeto, administrar la información y dictar los actos necesarios para sus atribuciones, como lo establece el artículo 18.

En cuanto a sus integrantes o composición la Alta Comisión estará encabezada por la vicepresidencia de la República junto con el presidente de la Asamblea Nacional; presidente del TSJ, presidente del Consejo Moral Republicano, los ministros del Poder Popular para la Defensa, Relaciones Exteriores, de Planificación; el Procurador de la República; los gobernadores de Bolívar, Delta Amacuro y Guayana Esequiba y el Poder Popular.

Seguidamente los artículos 20, 21 y 22 están referidos a la creación de la Secretaría Ejecutiva, la colaboración de los poderes públicos y los gastos de funcionamiento.

A su vez se aprobaron los artículos 23 y 24 que indican agregar a todo mapa político divulgado del territorio nacional el estado de la Guayana Esequiba y su respectiva caracterización. De los 39 artículos de momento fueron aprobados 25.

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