Presentados argumentos sobre inmunidad diplomática de Alex Saab
VEA / Fundación Alex Saab
El abogado David Rivkin, encargado de la defensa del Enviado Especial de Venezuela Alex Saab en Estados Unidos, presentó este miércoles los argumentos orales sobre la inmunidad diplomática de su defendido, violentada por la nación norteamericana al trasladarlo a una cárcel en Miami desde el pasado 16 de octubre de 2021.
La defensa mostró en horas de la mañana de este miércoles una serie de documentos emitidos por la cancillería de Venezuela, donde taxativamente se expone la condición diplomática de Alex Saab. Sin embargo, la decisión del juez de la corte de apelaciones no se conocerá este día.
Alex Saab fue detenido de manera ilegal en Cabo Verde el 12 de junio de 2020, país que cumplió una supuesta Alerta Roja de Interpol la cual fue hecha pública con la fecha no coincidente del 13 de junio, un día después de perpetrar el hecho. Asimismo, la Policía Internacional comunicó al Gobierno venezolano el 25 de junio de 2020 que la Alerta Roja había sido anulada y que no existía ningún dato en los registros del sistema sobre Alex Saab. Dejando nuevamente en evidencia que su detención estuvo plagada de irregularidades.
Rivkin ha asegurado en declaraciones a los medios de comunicación que el caso de Alex Saab implica la “viabilidad del sistema internacional”, porque se trata de dirimir sobre “la oportunidad libre de los Estados soberanos de involucrarse en diplomacia, lo que requiere absoluta inviolabilidad de los embajadores y enviados especiales”.
Sobre este punto, es necesario recordar que Estados Unidos como potencia económica y militar del mundo mantiene relación diplomática en la mayoría de los países de las Naciones Unidas, lo que implica tener figuras de Enviados Especiales en cada una de esas naciones. En el supuesto de que se permita la judicialización de Alex Saab, se abriría una puerta para que los demás Estados puedan violentar la inmunidad diplomática de los funcionarios extranjeros.
En tal sentido, la defensa argumenta que su inmunidad debía impedir el arresto de Alex Saab, según lo contenido en los artículos 29 y 30 de la Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas. Por ejemplo, el 29 reseña que “la persona del agente diplomático es inviolable. No puede ser objeto de ninguna forma de detención o arresto. El Estado receptor le tratará con el debido respeto y adoptará todas las medidas adecuadas para impedir cualquier atentado contra su persona, su libertad o su dignidad”.