TSJ declaró constitucionalidad de decreto emitido por Maduro. ¡Sepa de qué se trata!

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Se ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial, la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.

El decreto entró en vigor desde que fue dictado. Foto internet.

VEA/ Yonaski Moreno

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.428, dictado por el presidente Nicolás Maduro Moros, en enero del presente año mediante el cual se prorroga por 30 días el Estado de Excepción de Alarma en todo el país, a fin de mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus.

Así lo establece la sentencia N° 0006-2021 de la Sala Constitucional, en la que se precisa  que el referido decreto entró en vigencia desde que fue dictado, el 30 de enero, y que “su legitimidad, validez,  vigencia  y eficacia jurídico- constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

Asimismo, se ordenó la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.

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