¡Urgente! Argenis Chávez renunció a la Gobernación de Barinas
Manifestó que acata las dos sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia el lunes 29 de noviembre. Foto Internet
VEA / Yuleidys Hernández Toledo / Carlos Batatin
Argenis Chávez renunció este martes 30 de noviembre al cargo de gobernador de Barinas, luego que la noche anterior el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenara al Consejo Nacional Electoral (CNE) realizar nuevas elecciones para el 9 de enero de 2022.
«Yo, como gobernador y candidato en ese proceso electoral, me siento obligado a fijar posición frente a la decisión del Consejo Nacional Electoral. Renuncio a mi cargo para facilitar y hacer más expedito este proceso de transición de aquí a las nuevas elecciones el 9 de enero de 2022», afirmó.
En su intervención manifestó que acata las dos sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia el lunes 29 de noviembre. Además indicó que reconoce los resultados emitidos por el Poder Electoral a través del Máximo Tribunal del país.
En sus declaraciones transmitidas por Venezolana de Televisión, detalló que «de acuerdo con las proyecciones consignadas por el CNE hay un porcentaje de votos a favor de Freddy Superlano, 37,6 % con respecto al 37.2 % de los votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez». Recordó que las proyecciones están planteadas sin la culminación de la totalización de los resultados.
Acto seguido, reiteró que «debo reconocer por un lado las proyecciones que ha presentado el CNE ante al Tribunal Supremo de Justicia y, por otro lado, acatar la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia».
Antes de concluir la conferencia de prensa especificó que «voy a presentar mi renuncia irrevocable al cargo de gobernador del estado ante el Consejo Regional Legislativo». Anunció que asumirá el cargo el secretario de la Gobernación, Jesús Manuel Monsalve.
Chávez también dijo que el candidato para las próximas elecciones lo decidirá el Partido Socialista Unido de Venezuela, (PSUV).
«El candidato para estas próximas elecciones, obviamente no habrá elecciones internas para decidirlo, lo va a decidir la dirección nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela. Al día de hoy no sé sabe quién será el candidato. En los próximos días el partido anunciará quién será nuestro o nuestra candidata para esas elecciones venideras del 9 de enero de 2022», señaló.
Sentencias del TSJ
En horas del mediodía del lunes, el TSJ ordenó al CNE suspender la totalización, adjudicación y proclamación de candidatos a Gobernador de Barinas.
La medida respondió a una decisión la Sala Electoral del TSJ que admitió la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar por el ciudadano Adolfo Ramón Superlano, por la presunta violación de los derechos constitucionales a la participación y al sufragio, previstos en los artículos 62 y 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La sentencia emanada del Máximo Tribunal del país, deja constancia que cursa en el expediente el Oficio de Remisión de la Resolución N° 01-00-000334, suscrita por el ciudadano Contralor General de la República, donde el ciudadano Freddy Francisco Superlano Salinas se encuentra inhabilitado para el ejercicio de cualquier cargo público, refirió la nota de prensa del TSJ en la primera medida.
En una segunda sentencia emanada la noche del lunes, ordenó la realización de nuevas elecciones en Barinas, «a los fines de garantizar el derecho a la participación activa y pasiva de quienes acudieron al evento electoral para elegir a la Gobernadora o Gobernador, sin menoscabo de que aun cuando las proyecciones consignadas por el CNE, dan un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano, de 37,60 % con respecto a 37,21 % de votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez, se considera que la condición de inelegibilidad de Superlano, ya identificado, conforme a la Resolución N° 01-00-000334 de fecha 17 de agosto de 2021 dictada por la Contraloría General de la República, violenta los principios de igualdad, equidad y transparencia, en la participación de los candidatos y las candidatas en la oferta electoral, así como de los electores y las electoras en el ejercicio del sufragio activo», reseñó el TSJ en nota de prensa.