Empresa Emtrasur insta al mundo no permitir sobrevuelo de avión decomisado entre Argentina y EEUU

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Es parte de la reacción al condenar el acto al que califica de arbitrario e ilegal. Foto Internet

VEA / Yonaski Moreno

La Empresa de Transporte Aerocargo del Sur, S.A. (Emtrasur) calificó como «arbitraria e ilegal» la decisión tomada por el juez Federico Villena, del Juzgado Federal Lomas de Zamora, de la provincia de Buenos Aires, Argentina, en la que aprueba «el decomiso definitivo a favor de la justicia de Estados Unidos» del avión Boeing 747, secuestrado en el país austral desde junio 2022.

Ante ello, Emtrasur expresó «se reserva el ejercicio de las acciones judiciales por daños al patrimonio de la empresa, violación de los derechos humanos, y del Convenio sobre Aviación Civil Internacional» y exhorta a autoridades aeronáuticas internacionales hacer cumplir con la normativa legal vigente y no otorgar autorización de sobrevuelo ni escala técnica del avión Boeing 747, debido a que esta acción los haría «partícipe del robo de este bien legítimo de esta empresa de transporte de carga aérea venezolana».

A través de un comunicado compartido por el ministro del Poder Popular para el Transporte, Ramón Velásquez Araguayán, la empresa estatal expone que con la decisión del juez Villena, así como con «la retención ilegal durante cinco meses de la tripulación en Argentina y el secuestro de la aeronave durante un año y seis meses sin prueba alguna, sumado a las pérdidas materiales causadas por daños y perjuicios al patrimonio público venezolano; el gobierno argentino no solo violó los derechos humanos, también al debido proceso en el cumplimiento de las regulaciones internacionales, por tratarse de un Estado miembro de la OACI, en relación con sus obligaciones aplicables a la navegación aérea del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y del Convenio sobre Tránsito de los Servicios Aéreos Internacionales que prohíbe el embargo de una aeronave en servicio».

Asimismo, expone que la intención de consumar el robo de la aeronave, dada a conocer este miércoles 3 de enero, contradice anteriores fallos del juez Federico Villena, quien concluye, con la liberación de la tripulación «que no existe ni existió elementos de convicción suficientemente válidos, para determinar la comisión de un hecho ilícito relacionado con espionaje y acciones terroristas por parte de Emtrasur».

Añade que en el curso del proceso fue demostrado ante las autoridades argentinas «que la empresa cumplió con todos los permisos legales y el respectivo plan de vuelo, se demostró la legítima titularidad de la aeronave, la legalidad de la carga verificada y corroborada por la autoridad aduanera argentina al momento de su liberación».

El comunicado de Emtrasur fue respaldado por la Cancillería venezolana que, a través de la red digital X, recordó «esta aeronave fue secuestrada en junio de 2022, y su tripulación sufrió violaciones a sus derechos humanos. Todo esto con el propósito de consolidar el robo de este bien perteneciente al Estado venezolano».

A continuación el comunicado íntegro:

La Empresa de Transporte Aerocargo del Sur, S.A (EMTRASUR), empresa del Estado venezolano, dedicada a la explotación del servicio de transporte de carga y correo, debidamente autorizada por el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) y código asignado por la Organización de Aviación Civil Internacional, AOC ESU-078, rechaza y condena de manera categórica la decisión, arbitraria e ilegal del Juzgado Federal Lomas de Zamora, por el juez Federico Villena.

Con esta decisión arbitraria, y la retención ilegal durante cinco meses de la tripulación en Argentina y el secuestro de la aeronave durante un año y seis meses sin prueba alguna, sumado a las pérdidas materiales causadas por daños y perjuicios al patrimonio público venezolano, el gobierno argentino no solo violó los derechos humanos, también al debido proceso en el cumplimiento de las regulaciones internacionales, por tratarse de un Estado miembro de la OACI, en relación con sus obligaciones aplicables a la navegación aérea del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y del Convenio sobre Tránsito de los Servicios Aéreos Internacionales que prohíbe el embargo de una aeronave en servicio.

Asimismo, contradice los fallos del juez Federico Villena, quien concluye que la liberación de la tripulación y la aeronave, ordenada por el Juzgado, demuestra que no existe ni existió elemento de convicción suficientemente válido para determinar la comisión de un hecho ilícito relacionado con espionaje y acciones terroristas por parte de EMTRASUR, quedando demostrado ante las autoridades argentinas en el curso del proceso que la empresa cumplió con todos los permisos legales y el respectivo plan de vuelo, se demostró la legítima titularidad de la aeronave, la legalidad de la carga verificada y corroborada por la autoridad aduanera argentina al momento de su liberación.

EMTRASUR, S.A. se reserva el ejercicio de las acciones judiciales por daños al patrimonio de la empresa, violación de los derechos humanos, y del Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Asimismo, se exhorta a las autoridades aeronáuticas internacionales hacer cumplir con la normativa legal vigente y no otorgar autorización de sobrevuelo ni escala técnica, al avión siglas YV 3531, Marca: BOEING; Modelo 747-3b3; Serial 23413; Motores Marca: GENERAL ELECTRIC CF6-50E2, Seriales: 530450, 530436, 517675 y 530127, propiedad de EMTRASUR, debido a que serían partícipe del robo de este bien legítimo de esta empresa de transporte de carga aérea venezolana.

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