Néstor Rivero Pérez

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El 11 de enero de 2002, hace veinte años, arribaron a la Base Naval estadounidense de Guantánamo, los primeros prisioneros que habrían de formar el primer grupo de seres humanos a ser recluidos en el Centro de Detención construido en dicho lugar por instrucciones especiales del entonces presidente George W. Bush, de Estados Unidos.

Justicia y poder arbitrario

Tras la Enmienda Platt, aprobada en 1902 por el Congreso de EE. UU. y violatoria del Derecho Internacional, el gobierno de EE. UU. impuso a la República de Cuba la recurrente advertencia de envío de unidades militares, lo cual concluyó por cierto con el triunfo de la Revolución Cubana en enero de 1959. Del mismo modo EE. UU. impondría en 1904 a Cuba la obligación del arriendo a perpetuidad, de una superficie, entre tierra y mar, de 117 km2, que forma la bahía de Guantánamo. Dicha firma se produjo bajo la temible advertencia de una posible invasión armada estadounidense a la isla. Dentro de esta franja del costado sureste de la isla, funciona la prisión militar homónima, sin reconocer la potencia ocupante, el significado de arbitrariedad y resabio neocolonialista de dicha estancia.

Presos sin identidad

De acuerdo a distintas versiones que circulan a nivel internacional, las porciones de Guantánamo identificadas con los nombres “campos X-Ray, Delta y Echo”, han servido para mantener en condición de prisioneros a “ sospechosos de nexos con Al-Qaeda y el ejército Talibán que fueron capturados en Afganistán (…) Finalmente, fueron encarcelados en la base sin ningún cargo” (Wikipedia).

 

La cara oscura de la libertad

En el marco del sacudimiento emocional que produjo al mundo el desplome de las Torres Gemelas de Nueva York en octubre de 2001, el presidente George W. Bush, de EE. UU., puso su rúbrica a la orden secreta que autorizaba abrir cárceles en el exterior. De este modo, lado afuera del territorio estadounidense, los detenidos quedaban al margen de los derechos y condiciones procesales a que se obligan los Estados por su legislación nacional, incluso dando pie a la irresponsabilidad de los funcionarios y carceleros en materia de cumplimiento de los derechos humanos y de desaplicación del principio universal según el cual “Toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad”. Siendo el caso que en la prisión de Guantánamo, grupos de reclusos han permanecido sin condena -sin juicio y sin evidencia que sustente sus nexos con el terrorismo, al tiempo que otros, muy probablemente puedan tener participación en delitos de lesa humanidad-, en una y otra eventualidad, se requiere la celebración de un juicio con las dos partes presentes, acusador e imputado, y asegurándose en toda circunstancia el derecho a la defensa, debido proceso y un riguroso examen de las pruebas consignadas.

Excluidos del género humano

Las personas capturadas en Medio Oriente por militares estadounidenses y que fueron trasladadas al Centro de Reclusión de Guantánamo, son tipificadas por las autoridades de la gran potencia como «combatientes enemigos ilegales», calificativo empleado por las administraciones norteamericanas como subterfugio para desaplicar, en el pequeño territorio ocupado de Guantánamo, las disposiciones de la Convención de Ginebra en lo concerniente a DDHH. Se trataba, en cuanto a este grupo de prisioneros de Guantánamo, de retrotraerlos a una condición de subhumanos, sobre cuyas existencias pudieren cometerse todo tipo de desmanes y abusos, al tenérseles al margen de la especie. Varios prisioneros terminaron suicidándose. Indistintamente de la eventual condición o no de terroristas o autores de hechos de lesa humanidad, opcional grado de responsabilidad, o plenitud de inocencia, ningún ser humano puede quedar reducido a los linderos del reino de un zoológico, por cuanto ello pervierte y equipara al Estado-carcelero a un nivel de bestialidad que niega toda civilización. Ningún régimen carcelario puede negarse a desconocer la legislación penal y los convenios sobre tratamiento a prisioneros.

  

Sinóptico

 1813

Chacachacare

Este día 45 exiliados venezolanos congregados en el islote de Chacachacare -el cual forma parte de Trinidad, suscribieron el Acta de Chacachacare, mediante la cual se comprometieron a “vencer o morir” en la lucha por independizar a Venezuela. Tras tomar dos días después -el 13- a Güiria, el general Santiago Mariño escribirá a un amigo: “Tuvimos… la gloria con solo 5 mosquetes y un puñado de hombres, de tomar diez cañones y toda Güiria”. El éxito se debió de modo fundamental a la técnica del asalto y sorpresa sobre los españoles, quienes salieron en fuga de Güiria. Además de Mariño, figura clave de la Expedición de Chacachacare, fue el marino franco-caribeño Jean Baptista Bideau, cuyas pequeñas embarcaciones resultaron decisivas para el traslado de los expedicionarios. Otra figura sin cuya cooperación la aventura hubiese sido imposible fue Concepción Mariño, hermana del prócer, y en cuya hacienda de Chacachacare se reunieron los 45 revolucionarios.

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