VEA / Yuleidys Hernández Toledo

Inhabilitados que aspiran medirse en presidenciales de 2024 podrán solicitar amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia, TSJ. Así se desprende de un comunicado emitido este jueves 30 de noviembre por el Reino de Noruega, facilitador del Proceso de Diálogo y Negociación entre el Gobierno nacional y sectores de la oposición. La medida está basada en el «Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos», suscrito por las partes el 17 octubre de este año.

El jefe de la delegación del Gobierno nacional en la Mesa de Diálogo, Jorge Rodríguez, al compartir el comunicado en su cuenta en la plataforma X señaló «hoy hemos dado un paso más en la dirección correcta, ratificando lo acordado en Barbados, para hacer respetar las decisiones de las instituciones, del Estado de derecho y la Constitución en Venezuela. Seguimos avanzando. Dentro de la Constitución todo, fuera de la Constitución nada».

El procedimiento a seguir

En el reciente comunicado las partes establecieron los procedimientos que deben cumplir los inhabilitados por la Contraloría General de la República, para que su caso sea revisado.

Primero, deben acudir a la Sala Político Administrativa del TSJ «para ejercer el recurso contencioso administrativo que corresponda contra la medida de inhabilitación dictada por la Contraloría General de la República, acompañada de una solicitud de amparo cautelar, en el lapso establecido desde el 1° de diciembre hasta el 15 de diciembre de 2023, en días continuos y sucesivos», reza el texto.

Como segundo punto señalan que la Sala Político Administrativa del TSJ «se pronunciará sobre la admisión de la demanda el amparo cautelar solicitado, conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución».

«En la demanda presentada, y en declaraciones públicas, los interesados se abstendrán de incorporar conceptos ofensivos o irrespetuosos contra las instituciones del Estado, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia», reza el tercer punto.

El cuarto punto destaca cuatro (4) numerales que deben cumplir los interesados. Primero, respetar la Constitución y las leyes. Segundo, «cumplir con el deber de honrar y defender la Patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación», como reza el artículo 130 de la Carta Magna.

El tercero de los numerales es acatar la decisión que emane del TSJ, y como cuarto: «Rechazar cualquier forma de violencia en el ejercicio político así como cualquier tipo de acciones que atenten contra la soberanía, la paz, y la integridad territorial de Venezuela».

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