Sala Constitucional del TSJ se pronuncia para proteger familias inquilinas

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La sentencia hace referencia al caso de tres adultos mayores, quienes iban a ser desalojados en 2023 a petición de la Fiscalía 6ª de Caracas. Foto Internet

VEA / Yuleidys Hernández Toledo

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, se pronunció «para proteger familias inquilinas sobre acciones que las criminalizan». Así lo dio a conocer el 28 de febrero de este 2024, el diputado a la Asamblea Nacional, AN, Rigel Sergent, quien compartió la decisión del Máximo Tribunal.

La sentencia hace referencia al caso de los adultos mayores Betty Rodríguez de Quintero, Jhon Rafael Quintero Rodríguez y Mariela Alejandra Reyes Hernández, quienes iban a ser desalojados en 2023 a petición de la Fiscalía 6ª de Caracas, que imputó a estos ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de invasión y agavillamiento, por una denuncia interpuesta por Alí Salim Abdul Hadi, quien se presentó como apoderado de la Asociación Civil  Onlus, presunta dueña del edificio.

La sentencia declara en su numeral 3: «NULOS i) el acto de imputación formal de fecha 8 de agosto de 2023 contra la ciudadana Mariela Alejandra Reyes Hernández, ya identificada, por la presunta comisión del delito de invasión previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, y ii) el fallo de fecha 6 de septiembre de 2023, proferida por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Jueza Yolimar Duque Morales, que declaró con lugar la medida cautelar innominada de restitución de inmueble sobre el apartamento N° 6 ubicado en la avenida principal de las Mercedes (entre las calles New York y Orinoco). Edificio Dautar, piso 3, Apartamento N° PH-6, jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda«.

Ya el 29 de septiembre de 2023, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, había emitido la sentencia 1.375, firmada por el magistrado ponente Luis Fernando Damiani Bustillo, donde suspendía una medida cautelar que desalojaba a tres (3) adultos mayores de inmuebles alquilados en el edificio Dautar, ubicado en Las Mercedes, municipio Baruta, estado Miranda. La medida del TSJ prohibía realizar cualquier actuación procesal que conlleve el desalojo de las mencionados ciudadanos.

En la medida de febrero de 2024, emitida por el magistrado Damiani Bustillo, en el numeral 4, quedó establecido que: «Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de la ciudadana Mariela Alejandra Reyes Hernández, ya identificada, de conformidad con el artículo 300 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se queda extinguida la acción penal».

Los artículos 7 y 8 de la referida sentencia, señalaba:

«7.-DECRETA ERROR JUDICIAL INEXCUSABLE a la Jueza YOLIMAR DUQUE MORALES, a cargo del Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas. 8.- Se ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Ministerio Público, la Comisión Judicial, la Inspectoría General de Tribunales y al Colegio de Abogados de Caracas, a los fines que en el marco de sus competencias inicien de ser el caso, una investigación y tomen las acciones penales y disciplinarias en contra la Jueza YOLIMAR DUQUE MORALES, a cargo del Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas«.

La sentencia de Damiani Bustillo fue respaldada por los siguientes magistrados, quienes se reunieron el 17 de enero de 2024: «Tania D’Amelio Cardiet, Presidenta de la Sala Constitucional, Lourdes Benicia Suárez Anderson, Vicepresidenta, Gladys María Gutiérrez Alvarado, Luis Fernando Damiani Bustillos, y Michel Adriana Velásquez Grillet, quienes fueron electos con tal carácter en reunión de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de esta misma fecha, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, quedando constituida de la siguiente manera: Doctores Tania D’Amelio Cardiet, Presidenta de la Sala Constitucional, Lourdes Benicia Suárez Anderson, Vicepresidenta, Gladys María Gutiérrez Alvarado, Luis Fernando Damiani Bustillos, y Michel Adriana Velásquez Grillet. Ratificándose la ponencia al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillo, quien con tal carácter suscribe el presente fallo».

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