Néstor Rivero Pérez

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El 30 de diciembre de 1999, a quince días de haber sido expresada mediante referéndum la voluntad aprobatoria de los venezolanos en torno a la nueva Carta Magna dicho texto fue publicada en Gaceta Oficial. Con este acto la República Bolivariana de Venezuela daba un paso fundamental en el diseño de un orden institucional que debía asegurar y continuar garantizando la paz, convivencia y porvenir republicano y democrático para la patria de Simón Bolívar.

Controversia y definición

De acuerdo con una corriente de juristas y estudiosos de la historia política de Venezuela, desde 1811 hasta 1999 el país ha contado con unas 25 constituciones. Otra corriente de analistas propone que se trata de la misma Carta Suprema que se ha visto modificada por la querella entre centralismo y federalismo, o circunstancias de sucesión en los liderazgos del país, sin que asuntos cruciales como la elección de los representantes del Poder Público, la libertad de culto, la equitativa redistribución de la renta pública, o el derecho a la propiedad particular, entren en la liza.

Constituciones cimeras

La Constitución aprobada el 21 de diciembre de 1811 tuvo el gran mérito de consagrar a Venezuela como una República en su carácter de Estado independiente, si bien de otra parte adolecía de las restricciones propias de una sociedad que sostenía la institución de la esclavitud legalizada y su carácter censitario, de acuerdo al cual para ejercer el voto se debía poseer determinada cantidad de bienes de fortuna.

En este orden de ideas resalta el cambio político sustantivo que significó en la evolución del país la Constitución centro-federal de 1858, que estableció por primera vez la elección directa del Presidente de la República. Y del mismo modo debe destacarse la Constitución Federal de 1864, que confirmó la eliminación de la pena de muerte por cualquier causa en el país, así como el presidio por motivo de deudas.

Esta última Carta Magna fijó la división administrativa del país en veinte estados y un Distrito Federal, estructura que con adaptaciones ha sobrevivido hasta el presente ampliada hoy a 24 estados con el recién creado de la Guayana Esequiba.

Reforma y sustitución

A lo largo del período de Juan Vicente Gómez el Poder Legislativo con mayoría de sus seguidores tallaban un articulado constitucional a la medida de quien supo afirmarse como Comandante en Jefe del Ejército, si bien en sus 27 años de mandato solicitó en siete ocasiones se ajustase el articulado a la coyuntura de sus pretensiones, bien para encargar a un Presidente civil que despachase en Miraflores al tanto que él, desde Maracay y al frente del cuerpo militar de la República, ejercía el control real del país nombrando los gobernadores de Estado, sus secretarios y los jefes civiles.

Las modificaciones al Texto Supremo buscaban a su conveniencia separar o unir las funciones civiles y militares, crear o liquidar la figura de la vicepresidencia, o extender el mandato. Y dichos cambios recibían el nombre de Estatuto Constitucional Provisorio, Reforma Constitucional, o propiamente Constitución Nacional.

De 1947 a 1999

El momento de mayor esplendor aperturista del lapso postgomecista se dio con la administración de Isaías Medina Angarita, quien permitió la legalización del PCV y AD.

Tras su derrocamiento en 1945 se convocó una Asamblea Constituyente la cual funcionó hasta octubre de 1947, redactando una nueva Constitución con avances de orden social y educativo. Y en el hilo de los sucesos, en enero de 1961 es promulgada una nueva Constitución que rigió hasta el 30 de diciembre de 1999, fecha en la cual, con la publicación de la vigente Constitución Bolivariana, quedó sin efecto la anterior. Y esta Constitución de la República Bolivariana de Venezuela instituyó en su artículo 2 el Estado Social, de Derecho y de Justicia, con carácter de progresividad y en el marco de los logros y dificultades inherentes a un proyecto histórico y constitucional que se construye con soberanismo y dentro de un horizonte de multipolaridad.

Sinóptico

1896

José Rizal

Este día murió fusilado en Manila el médico oftalmólogo, literato y dirigente independentista de Filipinas, José Rizal Mercado. Al igual que José Martí, Rizal saltó de sus juveniles inquietudes literarias a las de orden político. Por entonces Filipinas era colonia española.

A propósito de una insurrección urbana instigada por la clandestina asociación “Katipunan”, Rizal fue apresado y sin prueba fehaciente, enjuiciado como su inspirador y condenado a morir en el paredón. La España de 1896, bajo la regencia de María Cristina, tenía de presidente del Consejo de Ministros a Antonio Cánovas del Castillo, conservador moderado, quien respecto a las colonias de ultramar -Cuba y Puerto Rico en el Caribe y Filipinas en el Pacífico- sostenía un intransigente control metropolitano a sangre y fuego.

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