VEA / Yuleidys Hernández Toledo

Los dirigentes políticos Richard Mardo y Leocenis García quedaron habilitados para ejercer funciones públicas. Así quedó establecido en sentencias emitidas este viernes 26 de enero por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ. La decisión se produce en el marco de lo contemplado en el Acuerdo de Barbados suscrito el 17 de octubre de 2023 entre el Gobierno nacional y un sector de la oposición agrupada en la Plataforma Unitaria.

«El ciudadano Leocenis Manuel García Osorio queda habilitado para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar», reza la sentencia 00001 publicada en el expediente 2023-0435 al pronunciarse sobre el recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar que fue interpuesto por el dirigente opositor en contra del acto administrativo dictado en agosto de 2021 por la Contraloría General de la República.

«La solicitud de amparo cautelar fue presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023 cumpliendo con los parámetros y exigencias allí señalados», indica el expediente.

Sobre el caso de Mardo Mardo, el TSJ se pronunció en la sentencia 00002, expediente 20230453 de la Sala Político Administrativa que declaró «su competencia para conocer de la demanda por vía de hecho interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo».

La instancia admitió la demanda por vía de hecho, y declaró: «procedente la solicitud de amparo cautelar que fue presentada en el marco del mecanismo establecido en el Acuerdo de Barbados de fecha 17 de octubre de 2023 cumpliendo con los parámetros y exigencias allí señalados. En consecuencia, el ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo queda habilitado para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar».

El 30 de noviembre de 2023 en un comunicado emitido por el Reino de Noruega, facilitador del Proceso de Diálogo y Negociación entre el Gobierno nacional y sectores de la oposición, se informó que inhabilitados que aspiran medirse en presidenciales de 2024 podrán solicitar amparo ante el TSJ. La medida está basada en el «Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales para Todos», suscrito por las partes el 17 octubre de este año.

Los inhabilitados debían acudir a la Sala Político Administrativa del TSJ «para ejercer el recurso contencioso administrativo que corresponda contra la medida de inhabilitación dictada por la Contraloría General de la República, acompañada de una solicitud de amparo cautelar, en el lapso establecido del 1° de diciembre al 15 de diciembre de 2023, en días continuos y sucesivos», indicaba el citado comunicado.

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